Estancias más fáciles para jubilados canadienses en EE. UU.: visitas más largas y claridad fiscal.
Esta ley simplifica las estancias prolongadas para jubilados canadienses en Estados Unidos, permitiéndoles permanecer hasta 240 días al año. También aclara su situación fiscal para evitar la doble imposición. Esto ofrece mayor flexibilidad a los canadienses mayores que desean pasar los inviernos en EE. UU.
Puntos clave
Los ciudadanos canadienses de 50 años o más pueden permanecer en EE. UU. hasta 240 días al año si poseen o alquilan una residencia allí.
Deben mantener una residencia en Canadá y no buscar empleo en EE. UU. (excepto teletrabajo para un empleador canadiense).
Los cónyuges de jubilados canadienses elegibles también pueden ser admitidos bajo los mismos términos.
La ley aclara el estatus fiscal, asegurando que la residencia en EE. UU. no implique automáticamente el abandono de la residencia canadiense a efectos fiscales.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_3070
Patrocinador: Rep. Lee, Laurel M. [R-FL-15]
Fecha de inicio: 2025-04-29