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Seguro de Defectos de Nacimiento: Nuevas Reglas de Cobertura

Esta ley busca asegurar que los planes de seguro de salud cubran los costos del tratamiento de anomalías congénitas que afectan la apariencia o función de los ojos, oídos, dientes, boca o mandíbula. Esto significa que las personas con estas condiciones tendrán un acceso más fácil a los procedimientos médicos necesarios, incluidos los tratamientos reconstructivos y dentales, sin temor a que su aseguradora no cubra los costos. La ley entrará en vigor el 1 de enero de 2026.
Puntos clave
Las aseguradoras de salud deberán cubrir los costos del tratamiento de anomalías congénitas que afecten los ojos, oídos, dientes, boca o mandíbula.
Esto incluye procedimientos reconstructivos, dentales, de ortodoncia y protésicos si son médicamente necesarios.
Los costos de bolsillo del paciente (por ejemplo, copagos) no pueden ser más altos que para otros beneficios médicos.
Las aseguradoras deben notificar sobre esta nueva cobertura a partir del 1 de enero de 2026.
La ley no cubre la cirugía estética realizada únicamente para mejorar la apariencia si no es resultado de un defecto de nacimiento.
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Presentado
Encuesta ciudadana
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Información adicional
Número de impresión: 119_HR_3277
Patrocinador: Rep. Dunn, Neal P. [R-FL-2]
Fecha de inicio: 2025-05-08