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Nueva definición de obscenidad en comunicaciones interestatales

Esta ley introduce una nueva y detallada definición de lo que se considera obsceno en el contexto de imágenes, películas y otros materiales visuales transmitidos en comunicaciones interestatales. Esto tiene como objetivo estandarizar las regulaciones y puede afectar el contenido disponible en línea y en los medios, restringiendo potencialmente el acceso a ciertos materiales.
Puntos clave
La ley especifica lo que se considera obsceno, cubriendo materiales visuales que apelan o representan actos sexuales, tienen la intención de despertar deseos sexuales y carecen de valor artístico, literario, político o científico serio.
Cambia la forma en que se tratan las llamadas telefónicas obscenas o acosadoras al eliminar el requisito de intención de acosar, lo que puede facilitar el enjuiciamiento de tales comportamientos.
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Estado: Presentado
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Información adicional
Número de impresión: 119_HR_3297
Patrocinador: Rep. Miller, Mary E. [R-IL-15]
Fecha de inicio: 2025-05-08