Impuesto a los Ingresos por Financiación de Litigios por Terceros.
La ley establece un nuevo y alto impuesto federal sobre los ingresos obtenidos por terceros (como fondos de inversión) por financiar litigios civiles. El objetivo es limitar las actividades de estas entidades que se benefician de sentencias y acuerdos. Para los ciudadanos, esto podría restringir potencialmente el acceso a financiación externa para demandas costosas, afectando su capacidad para reclamar sus derechos.
Puntos clave
Se añade un nuevo capítulo al Código de Rentas Internas, imponiendo un impuesto sobre las ganancias derivadas de acuerdos de financiación de litigios ('Litigation Financing').
La tasa impositiva es muy alta: la tasa impositiva individual más alta más 3,8 puntos porcentuales adicionales, aplicada a nivel de la entidad financiadora.
El impuesto se aplica a terceros nacionales y extranjeros que reciben fondos bajo un acuerdo de financiación de litigios, con excepciones para préstamos de bajo interés (máximo 7% o el doble del rendimiento de los bonos del Tesoro a 30 años) y acuerdos inferiores a 10.000 USD.
Se introduce una obligación de retención, exigiendo a la parte o bufete de abogados que celebró el acuerdo que deduzca y retenga el 50% de la tasa impositiva aplicable de los pagos realizados al financiador tercero.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_3512
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Fecha de inicio: 2025-05-20