Protección contra falsificaciones digitales íntimas no consensuadas (deepfakes)
Esta nueva ley busca proteger a los ciudadanos de los daños causados por la creación y distribución de imágenes digitales íntimas falsas (deepfakes) sin su consentimiento. Permite a las personas afectadas buscar reparación legal, incluyendo compensación y órdenes para eliminar contenido dañino. La ley tiene como objetivo mejorar la seguridad y privacidad en línea.
Puntos clave
La ley permite a las personas demandar a quienes crean, poseen con intención de divulgar, divulgan o solicitan y reciben falsificaciones digitales íntimas no consensuadas.
Las víctimas pueden reclamar daños y perjuicios de hasta 150.000 USD, o hasta 250.000 USD si la conducta está vinculada al acoso o agresión sexual, y obtener órdenes para eliminar o dejar de mostrar el contenido.
Los tribunales pueden proteger la privacidad de las víctimas permitiendo el uso de seudónimos y la redacción de información personal en los expedientes públicos.
El plazo de prescripción para presentar una demanda es de 10 años a partir del descubrimiento de la violación o de que la persona cumpla los 18 años.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_3562
Patrocinador: Rep. Ocasio-Cortez, Alexandria [D-NY-14]
Fecha de inicio: 2025-05-21