Prohibición de Colorantes Alimentarios Seleccionados: Mejora de la Seguridad Alimentaria
Esta ley tiene como objetivo eliminar ciertos aditivos colorantes alimentarios considerados inseguros de los productos alimenticios. A partir de finales de 2025 y 2026, los alimentos que contengan estos aditivos se considerarán adulterados, lo que significa que no podrán venderse. Esto impacta directamente lo que los consumidores encontrarán en los estantes de las tiendas, mejorando la seguridad de los alimentos consumidos.
Puntos clave
A partir del 31 de diciembre de 2025, los colorantes Rojo Cítrico n.º 2 y Naranja B estarán prohibidos en los alimentos.
A partir del 31 de diciembre de 2026, los colorantes Rojo n.º 40, Amarillo n.º 5, Amarillo n.º 6, Verde n.º 3, Azul n.º 1 y Azul n.º 2 estarán prohibidos en los alimentos.
Los productos alimenticios que contengan estos colorantes después de las fechas especificadas se considerarán ilegales y no podrán venderse.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_3722
Patrocinador: Rep. Luna, Anna Paulina [R-FL-13]
Fecha de inicio: 2025-06-04