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Mayor protección para víctimas de violencia doméstica y acoso

Esta ley amplía la definición de "pareja íntima" para incluir relaciones de noviazgo actuales y pasadas, extendiendo las protecciones legales para las víctimas de violencia doméstica. También establece nuevas disposiciones para el acoso, clasificándolo como un delito menor, con el objetivo de salvaguardar mejor a las personas de la intimidación y las amenazas.
Puntos clave
Ampliación de la definición de "pareja íntima" para incluir a parejas de noviazgo actuales y anteriores, extendiendo las protecciones contra la violencia doméstica a más individuos.
Establecimiento de un nuevo delito menor de acoso, que cubre el hostigamiento, la intimidación o la vigilancia que causa miedo o angustia emocional.
Las personas condenadas por acoso menor enfrentarán restricciones en la posesión de armas de fuego, mejorando la seguridad de las víctimas.
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Número de impresión: 119_HR_4166
Patrocinador: Rep. Dingell, Debbie [D-MI-6]
Fecha de inicio: 2025-06-26