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Nuevas normas para el uso policial del reconocimiento facial

Esta ley establece reglas estrictas para el uso de la tecnología de reconocimiento facial por parte de las fuerzas del orden, exigiendo órdenes judiciales y pruebas de precisión. Su objetivo es proteger la privacidad y los derechos de los ciudadanos, garantizando al mismo tiempo la transparencia y la rendición de cuentas en la aplicación de esta tecnología.
Puntos clave
Las fuerzas del orden necesitarán una orden judicial para usar el reconocimiento facial con bases de datos de fotos, excepto en emergencias.
Las fotos de menores, personas absueltas o liberadas sin cargos serán eliminadas de las bases de datos de reconocimiento facial.
Se prohíbe la vigilancia facial en tiempo real y su uso para la aplicación de leyes de inmigración.
Las coincidencias de reconocimiento facial no pueden ser la única base para un arresto u otras acciones legales; se requiere corroboración adicional.
Los ciudadanos tendrán derecho a demandar a las fuerzas del orden por el uso ilegal del reconocimiento facial, con posibilidad de indemnización por daños y perjuicios.
Todos los sistemas de reconocimiento facial deben someterse a pruebas anuales de precisión y sesgo, especialmente en relación con la raza, el género y la edad.
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Número de impresión: 119_HR_4695
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Fecha de inicio: 2025-07-23