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Reclamaciones por discriminación por edad: Fin del arbitraje obligatorio previo.

Esta ley otorga a las personas de 40 años o más el derecho a elegir si desean presentar reclamaciones por discriminación por edad ante los tribunales o mediante arbitraje. Anteriormente, muchos contratos exigían el arbitraje obligatorio, bloqueando el acceso al sistema judicial. Este cambio otorga a los ciudadanos un mayor control sobre cómo se resuelven sus disputas por discriminación, mejorando el acceso a la justicia.
Puntos clave
Las personas de 40 años o más pueden ahora optar por no aplicar las cláusulas de arbitraje firmadas previamente, específicamente para disputas de discriminación por edad.
Los reclamos relacionados con la discriminación por edad (incluido el acoso y las represalias) pueden resolverse en un tribunal si la persona afectada así lo decide.
Los tribunales, y no los árbitros, determinarán la validez y aplicabilidad de los acuerdos de arbitraje en estos tipos específicos de disputas.
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Número de impresión: 119_HR_5115
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