Prohibición de atención de afirmación de género infantil y derecho a demandar.
Esta ley prohíbe a los profesionales de la salud y hospitales realizar cirugías de afirmación de género o administrar tratamientos hormonales a personas menores de 18 años. Otorga a los niños y a sus padres el derecho a demandar a los proveedores médicos por daños si se realizaron tales procedimientos, incluso si ocurrieron antes de la promulgación de la ley.
Puntos clave
Prohíbe la "mutilación química o quirúrgica" de niños, definida como el uso de bloqueadores de la pubertad, hormonas sexuales o cirugías de alteración de género para personas menores de 18 años.
Las exenciones incluyen el tratamiento de trastornos verificables del desarrollo sexual, lesiones, enfermedades y el "tratamiento de detransición" (reversión de procedimientos anteriores).
Establece un derecho de acción privado para que las personas o sus padres demanden a profesionales de la salud, hospitales o clínicas por daños, incluidos daños compensatorios, no económicos y punitivos.
Las demandas pueden presentarse hasta 25 años después del 18º cumpleaños del individuo o 4 años después de incurrir en los costos del tratamiento de detransición, lo que ocurra más tarde.
Los proveedores de atención médica son estrictamente responsables de los daños si se demuestra su participación en procedimientos prohibidos, independientemente de si los procedimientos ocurrieron antes o después de la promulgación de la ley.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_5483
Patrocinador: Rep. Onder, Robert F. [R-MO-3]
Fecha de inicio: 2025-09-18