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Servicio telefónico garantizado en oficinas de la Seguridad Social.

Esta ley busca mejorar significativamente el acceso a los servicios de la Seguridad Social (SSA) al exigir que todas las oficinas y agencias estatales de determinación de discapacidad cuenten con personal completo para atender llamadas. Esto asegura que los ciudadanos, especialmente las personas mayores, puedan obtener asistencia e información de manera confiable durante el horario comercial estándar. El cambio entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
Puntos clave
Obligación de dotar de personal completo para atender llamadas en todas las oficinas de la Administración del Seguro Social y agencias estatales de determinación de discapacidad.
Horario de servicio telefónico garantizado: de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. hora local (excluyendo días festivos federales).
Mejora la fiabilidad y la rapidez en el acceso a la información sobre beneficios de jubilación y discapacidad.
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Estado: Presentado
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Información adicional
Número de impresión: 119_HR_5771
Patrocinador: Rep. Johnson, Julie [D-TX-32]
Fecha de inicio: 2025-10-17