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Sanciones de EE. UU. a Nigeria por violaciones de la libertad religiosa y leyes de blasfemia.

Este proyecto de ley exige la imposición de sanciones financieras a funcionarios y jueces nigerianos que apliquen leyes de blasfemia o toleren la violencia religiosa. El objetivo es utilizar las herramientas económicas y diplomáticas de EE. UU. para promover la libertad religiosa en Nigeria. Esto subraya el compromiso activo del gobierno estadounidense con la defensa de los derechos humanos en el extranjero.
Puntos clave
Sanciones financieras obligatorias (bloqueo de activos) contra funcionarios y jueces nigerianos involucrados en la aplicación de leyes de blasfemia.
Requisito de designar formalmente a Nigeria como País de Preocupación Particular (CPC) debido a violaciones graves de la libertad religiosa.
Requisito de designar a Boko Haram e ISIS-África Occidental como Entidades de Preocupación Particular (EPC).
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Número de impresión: 119_HR_5808
Patrocinador: Rep. Stutzman, Marlin A. [R-IN-3]
Fecha de inicio: 2025-10-21