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Priorizar el bienestar comunitario en vuelos turísticos sobre parques nacionales.

Esta ley exige que los acuerdos voluntarios para vuelos turísticos comerciales sobre parques nacionales consideren formalmente el bienestar de las comunidades sobrevoladas. Este cambio otorga a los residentes locales, incluidas las tribus indígenas, una voz más fuerte para mitigar el ruido y las molestias causadas por las operaciones de turismo aéreo. Esto busca mejorar la calidad de vida en las áreas adyacentes a los parques nacionales.
Puntos clave
Requiere que las autoridades consideren el impacto del ruido y las molestias de los vuelos turísticos en la calidad de vida de las comunidades cercanas a los parques nacionales.
Asegura que las comunidades locales y las tribus indígenas tengan derecho a ser consultadas sobre la regulación de los vuelos turísticos comerciales sobre sus territorios.
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Estado: Presentado
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Número de impresión: 119_HR_6153
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