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Protección de ciudadanos de EE. UU. contra demandas por cumplimiento de sanciones.

Esta ley protege a los ciudadanos y empresas estadounidenses de la ejecución en EE. UU. de sentencias o laudos arbitrales extranjeros, siempre que esas reclamaciones surjan del cumplimiento de las sanciones de EE. UU. El objetivo es evitar que quienes cumplen con la ley estadounidense sufran pérdidas financieras por fallos extranjeros. Si se presenta una demanda de este tipo en un tribunal de EE. UU., debe ser desestimada.
Puntos clave
Los tribunales de EE. UU. tienen prohibido hacer cumplir sentencias o laudos arbitrales extranjeros derivados de disputas causadas por el cumplimiento de sanciones estadounidenses.
Proporciona protección financiera a las personas y entidades de EE. UU. que incumplieron contratos para adherirse a la política de sanciones.
Permite trasladar estos casos de tribunales estatales a federales para su desestimación inmediata.
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Número de impresión: 119_HR_6194
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Fecha de inicio: 2025-11-20