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Restricción de armas de fuego para condenados por delitos menores de odio.

Esta ley amplía las prohibiciones federales sobre la posesión de armas de fuego. Las personas condenadas por delitos menores específicos motivados por el odio, que impliquen el uso o la amenaza de fuerza, perderán su derecho a comprar y poseer armas. El objetivo es mejorar la seguridad pública al desarmar a las personas impulsadas por prejuicios, lo que afecta directamente la seguridad de las comunidades vulnerables.
Puntos clave
La nueva prohibición de armas se aplica a las personas condenadas por delitos menores motivados por el odio (raza, religión, género, orientación sexual, discapacidad) si el delito implicó el uso o la amenaza de fuerza física.
La prohibición también cubre a las personas cuya sentencia por un delito menor fue agravada por un tribunal debido a la motivación de odio o prejuicio.
La restricción no se aplica si la condena ha sido anulada, indultada o si se han restablecido los derechos civiles, a menos que la restauración prohíba explícitamente la posesión de armas de fuego.
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Número de impresión: 119_HR_6258
Patrocinador: Rep. Escobar, Veronica [D-TX-16]
Fecha de inicio: 2025-11-21