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Audiencias de Deportación Virtuales: Derecho a Videoconferencia o Teléfono para Migrantes.

Esta ley permite a las personas no detenidas que enfrentan procedimientos de deportación solicitar que su audiencia se lleve a cabo de forma remota mediante videoconferencia o teléfono. El juez de inmigración debe conceder esta solicitud y asegurar que el formato virtual no perjudique los derechos legales del individuo. Esto busca aumentar la flexibilidad y el acceso a la justicia.
Puntos clave
Las personas no detenidas en procesos de expulsión obtienen el derecho a solicitar una audiencia virtual (video o teléfono).
Los jueces de inmigración deben aprobar la solicitud y garantizar que el formato remoto no afecte negativamente los derechos del solicitante.
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Estado: Presentado
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Número de impresión: 119_HR_6349
Patrocinador: Rep. Bonamici, Suzanne [D-OR-1]
Fecha de inicio: 2025-12-02