Ayuda financiera para medicamentos debe contar para deducibles del paciente.
Esta legislación obliga a las aseguradoras de salud a incluir la asistencia financiera (como la ayuda de fabricantes de medicamentos u organizaciones sin fines de lucro) en el cálculo de los requisitos anuales de copago, coseguro y límite de gastos de bolsillo del paciente. Esto asegura que los pacientes alcancen su límite máximo de gastos anuales más rápido, lo que reduce significativamente sus costos de atención médica, especialmente para medicamentos especializados caros. La ley entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2026.
Puntos clave
Toda asistencia financiera recibida para medicamentos recetados debe contarse para su deducible y su límite máximo de gastos anuales.
La ley prohíbe a las aseguradoras ignorar esta ayuda, protegiendo a los pacientes con enfermedades crónicas que dependen de medicamentos costosos.
Se incluye una disposición para que los planes de salud con deducible alto (HDHP) sigan siendo elegibles para Cuentas de Ahorro para la Salud (HSA).
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_6423
Patrocinador: Rep. Kean, Thomas H. [R-NJ-7]
Fecha de inicio: 2025-12-04