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Ley de Horarios Laborales Estables y Derechos de Flexibilidad para Empleados

Esta ley busca otorgar a los empleados mayor control sobre sus horas de trabajo y estabilidad económica. Establece el derecho a solicitar cambios de horario sin temor a represalias y obliga a los empleadores en sectores como el comercio minorista y la hostelería a proporcionar los horarios con 14 días de antelación. Los trabajadores obtienen compensación adicional por cambios de última hora y por trabajar sin un descanso adecuado entre turnos.
Puntos clave
Derecho a solicitar horarios flexibles: Los empleadores deben considerar de buena fe las solicitudes de cambio de horario, especialmente las relacionadas con el cuidado familiar, la salud o la educación, y solo pueden denegarlas por razones comerciales legítimas.
Aviso Anticipado de 14 Días: Los empleados en sectores cubiertos (minorista, servicios de alimentos, almacenes) deben recibir su horario de trabajo con al menos 14 días de anticipación, junto con una estimación de las horas mínimas de trabajo mensuales esperadas.
Pago por Previsibilidad: Los empleados reciben un pago adicional si el empleador cambia su horario con menos de 14 días de aviso o cancela un turno. También se paga extra por turnos divididos (split shifts).
Protección contra turnos consecutivos sin descanso: Los empleados pueden negarse a trabajar turnos programados con menos de 11 horas de descanso después del turno anterior. Si consienten, se les debe pagar 1.5 veces la tarifa regular.
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Número de impresión: 119_HR_6786
Patrocinador: Rep. DeLauro, Rosa L. [D-CT-3]
Fecha de inicio: 2025-12-17