Alivio migratorio acelerado para familias de militares y veteranos de EE. UU.
Esta legislación exige la entrada temporal acelerada (parole) a los Estados Unidos para los familiares directos de miembros de las Fuerzas Armadas, tanto activos como exmiembros. Obliga al Secretario de Seguridad Nacional a conceder el parole a cónyuges, padres e hijos de personal en servicio activo o veteranos dados de baja honorablemente. Las denegaciones están muy restringidas, requiriendo una justificación escrita conjunta de tres Secretarios, lo que proporciona mayor seguridad a las familias militares.
Puntos clave
Se exige la entrada temporal (parole) a EE. UU. para familiares inmediatos (cónyuge, padre, hijo) de militares en servicio activo y veteranos.
Aplica a familias de miembros en servicio activo, Reserva Seleccionada y aquellos dados de baja en condiciones que no sean deshonrosas.
El parole se concede en incrementos de un año, y la denegación requiere la aprobación escrita conjunta de los Secretarios de Seguridad Nacional, Defensa y Asuntos de Veteranos.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_6958
Patrocinador: Rep. Cisneros, Gilbert Ray [D-CA-31]
Fecha de inicio: 2026-01-07