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Protección antidiscriminatoria para empleados judiciales y defensores públicos del D.C.

Esta legislación amplía la cobertura de la Ley de Derechos Humanos del Distrito de Columbia para incluir a los empleados no judiciales de los tribunales de D.C. y al personal del Servicio de Defensor Público. Esto asegura que estos servidores públicos obtengan protección formal contra la discriminación laboral bajo la misma ley integral que se aplica a la mayoría de los trabajadores de D.C. El cambio promueve la igualdad de trato en el sector público, aunque las quejas contra estas entidades específicas seguirán procedimientos procesales distintos.
Puntos clave
Los empleados no judiciales de los tribunales de D.C. y el personal del Servicio de Defensor Público de D.C. obtienen plena protección antidiscriminatoria bajo la Ley de Derechos Humanos de D.C.
Los tribunales de D.C. y el Servicio de Defensor Público son designados formalmente como "empleadores" sujetos a estas normas antidiscriminatorias.
Las quejas presentadas contra estas instituciones específicas se manejarán utilizando procedimientos separados de los establecidos para las agencias gubernamentales generales de D.C.
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Número de impresión: 119_HR_7020
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Fecha de inicio: 2026-01-12