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Alertas de Emergencia por Satélite: Mayor Cobertura y Respeto al Derecho de Exclusión

Esta ley tiene como objetivo permitir la transmisión de alertas de emergencia por satélite. Los proveedores de servicios móviles que participan en el sistema de alertas deben declarar ante la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) si tienen la intención de transmitir alertas vía satélite. Si un proveedor decide utilizar alertas por satélite, debe respetar la elección previa del cliente de optar por no recibir dichas notificaciones.
Puntos clave
Los operadores móviles pueden optar voluntariamente por ampliar el sistema de alerta de emergencia mediante transmisión por satélite.
Se mantiene el derecho de los usuarios a optar por no recibir alertas; esta exclusión se aplica también a las alertas por satélite.
La FCC tiene el mandato de emitir una norma final que establezca estándares técnicos para la capacidad de alerta satelital en un plazo de 12 meses.
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Fecha de inicio: 2026-01-12