Prohibición de contratos de subrogación con ciudadanos de naciones extranjeras adversarias.
Esta ley anula y prohíbe los contratos de gestación subrogada entre ciudadanos/residentes de EE. UU. e individuos de naciones extranjeras designadas como adversarias, buscando proteger a las madres subrogadas y abordar amenazas a la seguridad nacional. Los intermediarios que faciliten estos acuerdos nulos enfrentan sanciones penales. Si un contrato es anulado, la custodia del niño será decidida por los tribunales estatales basándose en el interés superior del menor.
Puntos clave
Los acuerdos de subrogación que involucren a futuros padres que sean ciudadanos o residentes permanentes de naciones extranjeras adversarias son nulos e inaplicables.
Los intermediarios de subrogación que faciliten a sabiendas estos acuerdos nulos enfrentan sanciones penales, incluyendo multas y hasta un año de prisión.
Excepción: La prohibición no se aplica si los futuros padres están legalmente casados y al menos uno de ellos es ciudadano o residente legal permanente de EE. UU.
Si el contrato es anulado, la custodia legal del niño se determina por la ley estatal, priorizando el interés superior del menor.
Estado:
Presentado
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Número de impresión: 119_HR_7040
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Fecha de inicio: 2026-01-13