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Cambios fiscales: no hay deducción de gastos médicos por aborto.

Este proyecto de ley modifica las normas fiscales para que los gastos de aborto no puedan deducirse como gastos médicos. Esto significa que los ciudadanos no podrán reducir su renta imponible por las cantidades gastadas en dichos servicios, lo que podría afectar sus finanzas personales.
Puntos clave
Los gastos de aborto ya no serán considerados gastos médicos deducibles a efectos fiscales.
Este cambio podría aumentar la carga fiscal para las personas que incurran en dichos gastos.
Las nuevas reglas se aplicarán a los años fiscales que comiencen después de la entrada en vigor de la ley.
article Texto oficial account_balance Página del proceso
Presentado
Encuesta ciudadana
Sin votos emitidos
Información adicional
Número de impresión: 119_HR_73
Patrocinador: Rep. Biggs, Andy [R-AZ-5]
Fecha de inicio: 2025-01-03