Información Obligatoria al Consumidor sobre Capacidades y Límites de Vehículos Semiautónomos.
Esta ley establece nuevas normas para la venta y publicidad de vehículos con sistemas de conducción parcialmente automatizados. Su objetivo es proteger a los consumidores prohibiendo afirmaciones engañosas y exigiendo a los fabricantes que proporcionen avisos claros que detallen exactamente lo que estos sistemas pueden y no pueden hacer, y qué tareas de conducción debe seguir realizando el conductor humano. Esto asegura que los ciudadanos puedan utilizar la nueva tecnología vehicular de manera más segura y consciente.
Puntos clave
Se prohíbe a los fabricantes hacer afirmaciones que impliquen que los sistemas parcialmente automatizados (como el control de crucero avanzado) son totalmente autónomos.
Al comprar un vehículo nuevo parcialmente automatizado, el comprador debe recibir un aviso claro que detalle las capacidades, limitaciones del sistema y las tareas específicas (por ejemplo, monitorear la carretera) que siguen siendo responsabilidad del conductor.
Los vehículos nuevos deben llevar etiquetas estandarizadas que indiquen claramente las funciones automatizadas, la supervisión requerida del conductor y las restricciones operativas (por ejemplo, límites geográficos o climáticos).
Cualquier actualización de software que cambie materialmente el rendimiento del sistema automatizado debe comunicarse claramente al propietario del vehículo.
Estado:
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Información adicional
Número de impresión: 119_HR_7377
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Fecha de inicio: 2026-02-04