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Prohibición de delincuentes sexuales en refugios financiados con fondos federales

Esta ley prohíbe que los delincuentes sexuales registrados utilicen refugios para personas sin hogar o víctimas de violencia doméstica que reciban dinero federal. Busca proteger a los residentes vulnerables limitando el acceso de personas de alto riesgo a estas instalaciones.
Puntos clave
Los delincuentes sexuales registrados tienen prohibido el acceso y el uso de servicios en refugios con fondos federales.
Los refugios que incumplan esta norma perderán su derecho a recibir financiación federal durante el siguiente año fiscal.
Los delincuentes deben informar obligatoriamente sobre su situación en el registro nacional al entrar en cualquier refugio.
El incumplimiento de estas normas puede acarrear multas o penas de hasta 5 años de cárcel para el infractor.
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Número de impresión: 119_HR_7624
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Fecha de inicio: 2026-02-20