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Protección de lugares de culto: nuevas prohibiciones de acoso y sanciones

Esta ley prohíbe acosar u obstruir a las personas que asisten a lugares de culto religioso. Busca garantizar la seguridad de los ciudadanos al ejercer su libertad religiosa mediante sanciones por intimidación.
Puntos clave
Prohibido intimidar o bloquear el paso a menos de 30 metros de un lugar de culto.
Prohibido acercarse a menos de 2,5 metros para acosar a los fieles dentro del área protegida.
Establece multas y penas de prisión para quienes violen estas normas.
Las víctimas pueden solicitar una indemnización legal de 5.000 dólares por cada violación.
La protección incluye los edificios, estacionamientos y entradas de los recintos.
Sanciones mucho más severas si el acoso resulta en lesiones o muerte.
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Información adicional
SACRED Act
Número de impresión: HR 8239
Patrocinador: Rep. Suozzi, Thomas R. [D-NY-3]
Fecha de inicio: 2026-04-09