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Limitación de prohibiciones de entrada a EE. UU. y protección antidiscriminatoria

Esta ley modifica las reglas para las prohibiciones presidenciales de entrada a EE. UU., introduciendo límites más estrictos y exigiendo consulta con el Congreso. Su objetivo es asegurar que las decisiones de prohibición se basen en hechos específicos y no discriminen por origen nacional o religión, afectando la libertad de viaje y los derechos de los solicitantes de visa.
Puntos clave
El Presidente solo puede prohibir temporalmente la entrada por amenazas a la seguridad o el orden público, basándose en pruebas específicas.
Las prohibiciones de entrada deben ser específicas, de duración limitada y considerar exenciones, especialmente para familias.
Se prohíbe la discriminación por origen nacional y religión en la emisión de visas y la entrada a EE. UU.
El Congreso debe ser consultado e informado antes de una prohibición de entrada, y los informes serán públicos.
Las personas perjudicadas por prohibiciones de entrada ilegales podrán buscar reparación legal en los tribunales.
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Estado: Presentado
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Número de impresión: 119_HR_924
Patrocinador: Rep. Chu, Judy [D-CA-28]
Fecha de inicio: 2025-02-04