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Ley de Exención a Pequeños Prestamistas de Nuevos Datos e Informes.

Esta ley enmienda la Ley de Igualdad de Oportunidades de Crédito para modificar definiciones y plazos sobre la recopilación de datos de préstamos a pequeñas empresas. Exime a las entidades que originan menos de 500 transacciones de crédito anuales de la definición de institución financiera sujeta a las normas. Para las instituciones cubiertas, establece un período de cumplimiento de 3 años seguido de un puerto seguro de 2 años donde se requiere cumplimiento pero no se imponen sanciones por incumplimiento.
Puntos clave
Las instituciones financieras que originaron menos de 500 transacciones de crédito para pequeñas empresas en cada uno de los dos años anteriores quedan excluidas de los requisitos.
Se otorga un período de 3 años para cumplir con la norma, seguido de un período de puerto seguro de 2 años sin sanciones por incumplimiento.
La definición de "pequeña empresa" se redefine como una entidad con ingresos brutos anuales de $1,000,000 o menos.
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Número de impresión: 119_HR_941
Patrocinador: Rep. Hill, J. French [R-AR-2]
Fecha de inicio: 2025-02-04