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Protección de la libertad de asociación en organizaciones estudiantiles

Esta ley busca proteger a los estudiantes y a las organizaciones estudiantiles de un solo sexo de la discriminación por parte de las instituciones de educación superior. Asegura que las universidades no puedan sancionar a estudiantes u organizaciones únicamente por sus prácticas de membresía que limitan la afiliación a un solo sexo. Esto tiene como objetivo garantizar la libertad de asociación en los campus.
Puntos clave
Las universidades no pueden tomar medidas contra estudiantes u organizaciones de un solo sexo solo porque limitan la membresía a un solo sexo.
Los estudiantes tienen derecho a formar y unirse libremente a organizaciones sociales, incluidas las de un solo sexo, sin temor a represalias de sus instituciones.
La ley prohíbe a las universidades imponer restricciones de reclutamiento a organizaciones de un solo sexo si tales restricciones no se aplican a otros grupos estudiantiles.
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Estado: Presentado
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Número de impresión: 119_S_1225
Patrocinador: Sen. Banks, Jim [R-IN]
Fecha de inicio: 2025-04-01