Impuestos: Exclusión de costos de aborto de cuentas de ahorro de salud.
Este proyecto de ley modifica las leyes fiscales que rigen las Cuentas de Ahorro para la Salud (HSA, FSA, HRA), excluyendo generalmente los gastos de aborto de la definición de gastos médicos calificados. Los ciudadanos que utilicen estas cuentas con ventajas fiscales para cubrir dichos costos (excepto en casos de violación, incesto o peligro de muerte para la madre) deberán pagar impuestos sobre la renta por las cantidades retiradas. Estos cambios entrarán en vigor para los años fiscales que comiencen después del 31 de diciembre de 2025.
Puntos clave
Los gastos de aborto (excepto en casos de violación, incesto o peligro de muerte) ya no calificarán como gastos médicos exentos de impuestos bajo HSA, FSA y HRA.
El uso de fondos de estas cuentas para costos de aborto no calificados resultará en que la cantidad retirada estará sujeta al impuesto sobre la renta.
Los cambios se aplicarán a los pagos y reembolsos realizados en años fiscales que comiencen después del 31 de diciembre de 2025.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_S_251
Patrocinador: Sen. Lee, Mike [R-UT]
Fecha de inicio: 2025-01-24