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Protección de derechos, salud y finanzas de estudiantes-atletas universitarios.

Esta ley reestructura el deporte universitario, otorgando a los estudiantes-atletas el derecho completo a obtener compensación por su Nombre, Imagen y Semejanza (NIL) y protegiendo sus becas contra la revocación por lesiones o rendimiento. Exige que las instituciones cubran todos los gastos médicos relacionados con el deporte durante cinco años después de la elegibilidad y establece una autoridad médica independiente. Además, reforma las reglas de transferencia, la regulación de agentes y la distribución de ingresos por derechos de medios para apoyar los deportes minoritarios y femeninos.
Puntos clave
Los estudiantes-atletas tienen derechos ilimitados para ganar dinero con su NIL; las becas están protegidas contra la reducción por acuerdos NIL, lesiones o recortes de plantilla.
Las instituciones deben cubrir todos los gastos médicos de bolsillo por lesiones deportivas durante cinco años después de que finalice la elegibilidad del atleta.
El personal médico tiene autoridad independiente sobre las decisiones de regreso al juego, libre de la influencia de los entrenadores.
Se establece un límite del 5% en las tarifas de los agentes NIL y se permite a los atletas dos transferencias sin perder elegibilidad.
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Presentado
Encuesta ciudadana
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Número de impresión: 119_S_2932
Patrocinador: Sen. Cantwell, Maria [D-WA]
Fecha de inicio: 2025-09-29