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Separación obligatoria de reclusos por sexo biológico en prisiones.

Esta ley establece nuevas y estrictas normas para el alojamiento de reclusos en centros penitenciarios federales y estatales. Exige que las decisiones de alojamiento se basen únicamente en el sexo biológico, definido por las características presentes al nacer. El objetivo es mejorar la seguridad de las mujeres encarceladas al prohibir la cohabitación de personas de diferentes sexos biológicos, excepto para interacciones breves y no nocturnas.
Puntos clave
Las prisiones federales y estatales deben alojar a los reclusos estrictamente de acuerdo con su sexo biológico (cromosomas, genitales al nacer).
La ley prohíbe la cohabitación (incluido el alojamiento nocturno) de personas de diferentes sexos biológicos en las unidades de detención.
Los estados que no implementen estas reglas de separación corren el riesgo de perder fondos federales específicos para la lucha contra el crimen.
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Estado: Presentado
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Número de impresión: 119_S_2985
Patrocinador: Sen. Cotton, Tom [R-AR]
Fecha de inicio: 2025-10-08