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Requisito de Aprobación del Congreso para Reanudar Pruebas Nucleares Explosivas.

Esta ley limita significativamente la capacidad del Presidente para reanudar las pruebas nucleares explosivas, exigiendo la aprobación explícita del Congreso. Esto asegura una mayor supervisión democrática sobre decisiones cruciales de seguridad nacional que conllevan riesgos ambientales y geopolíticos. Las pruebas solo pueden llevarse a cabo si otro estado realiza una prueba o si existe una necesidad técnica urgente, y solo con el apoyo de dos tercios del Senado.
Puntos clave
La reanudación de las pruebas nucleares requiere ahora una resolución conjunta de aprobación del Congreso, aumentando el control legislativo sobre la política nuclear.
El Presidente debe presentar al Congreso una justificación detallada, incluyendo costos y consultas con el gobernador del estado donde se realizaría la prueba.
La aprobación exige un umbral alto: un voto afirmativo de dos tercios de todos los Senadores.
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Estado: Presentado
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Información adicional
Número de impresión: 119_S_3106
Patrocinador: Sen. Cortez Masto, Catherine [D-NV]
Fecha de inicio: 2025-11-05