Ley de Ahorros en Salud Preventiva: Evaluación de ahorros en años presupuestarios futuros.
La Ley enmienda la Ley de Presupuesto del Congreso de 1974 para requerir al Director de la CBO, previa solicitud, que determine si la legislación resulta en reducciones netas de desembolsos mediante la atención médica preventiva en años presupuestarios futuros. Estas estimaciones cubren dos períodos consecutivos de 10 años que comienzan 10 años después del año fiscal actual. La Ley define la atención preventiva como acciones basadas en evidencia.
Puntos clave
Definición de años presupuestarios futuros: Incluye los 2 períodos consecutivos de 10 años que comienzan con el primer año fiscal que es 10 años después del año fiscal actual.
Naturaleza de las estimaciones: Cualquier estimación proporcionada por el Director es complementaria y no puede utilizarse para determinar el cumplimiento de la Ley de Presupuesto del Congreso.
Definición de atención preventiva: Acciones para proteger la salud y prevenir enfermedades, respaldadas por evidencia creíble de ensayos clínicos y modelos epidemiológicos.
Presentado
Información adicional
Número de impresión: 119_S_3204
Patrocinador: Sen. King, Angus S., Jr. [I-ME]