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Exención de impuestos para compensación a sobrevivientes de trata de personas.

Esta ley exime del impuesto federal sobre la renta a todas las indemnizaciones civiles, restituciones u otras compensaciones monetarias otorgadas a los sobrevivientes de la trata de personas. Esto asegura que el dinero recibido como reparación por el daño sufrido no se vea reducido por impuestos, maximizando el apoyo financiero real para las víctimas. Los cambios se aplicarán a los años fiscales que comiencen después de la promulgación de la ley.
Puntos clave
La restitución y los daños civiles otorgados a los sobrevivientes de la trata de personas están excluidos del ingreso bruto federal.
La exención se aplica tanto a la restitución obligatoria en casos penales como a las indemnizaciones en acciones civiles.
Las personas afectadas conservarán la cantidad total de la compensación otorgada sin tener que pagar impuestos federales sobre ella.
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Número de impresión: 119_S_3261
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