Duplicación del pago a fideicomisarios de bancarrota y extensión de jueces temporales.
Esta Ley busca modernizar el sistema de bancarrota duplicando la compensación fija para los fideicomisarios del Capítulo 7, la cual no había cambiado desde 1994. Es importante para los ciudadanos saber que no se modifican las tarifas de presentación para la bancarrota del consumidor ni la capacidad de exención de tarifas para personas de bajos ingresos. Además, la Ley extiende los mandatos de los jueces de bancarrota temporales para asegurar la gestión eficiente de la carga de casos.
Puntos clave
La compensación fija para los fideicomisarios de bancarrota del Capítulo 7 se duplica de 60 USD a 120 USD por caso, buscando mejorar la administración de los casos de bancarrota de consumidores.
No hay cambios en las tarifas de presentación del Capítulo 7 pagadas por individuos, y se mantiene la exención de tarifas para los solicitantes indigentes.
Los mandatos de varios puestos temporales de jueces de bancarrota se extienden de 5 a 10 años para mantener la capacidad judicial.
Aprobado por la Cámara
Información adicional
Número de impresión: 119_S_3424
Patrocinador: Sen. Coons, Christopher A. [D-DE]
Fecha de inicio: 2025-12-10