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Políticas obligatorias contra el acoso y transparencia de datos en escuelas públicas.

Esta ley exige que las escuelas públicas establezcan políticas integrales para prevenir y prohibir el acoso y la intimidación estudiantil, cubriendo explícitamente características como la orientación sexual, la identidad de género y la discapacidad. Garantiza una mayor transparencia al requerir que las escuelas recopilen y publiquen datos anuales sobre incidentes de acoso, permitiendo a los padres evaluar mejor la seguridad escolar.
Puntos clave
Las escuelas públicas deben adoptar políticas que prohíban explícitamente el acoso basado en raza, sexo, discapacidad, orientación sexual e identidad de género.
Se deben proporcionar procedimientos de queja claros para estudiantes y padres, incluyendo contactos designados y plazos de resolución.
Los distritos escolares deben recopilar y reportar públicamente datos anuales anónimos sobre la frecuencia de los incidentes de acoso.
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Número de impresión: 119_S_986
Patrocinador: Sen. Kaine, Tim [D-VA]
Fecha de inicio: 2025-03-12